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Titulo Contenido Cómo obtener un Visado de Negocios
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Resumen Contenido
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Contenido Las visas de negocios son otorgadas
en los Consulados del Perú en Argentina en Buenos Aires, Córdoba, La Plata y
Mendoza.
Requisitos:
Carta de la empresa o gremio. (Ver modelo sugerido)
Carta de la empresa peruana (en caso el viaje esté
ligado a una contraparte nacional).
Formulario de solicitud de visa DGC-005, debidamente llenado.
Pasaporte vigente con un mínimo de tres hojas en
blanco y una fotocopia.
Una foto tamaño pasaporte en fondo blanco.
Pasaje ida y vuelta a Perú. (Ticket electrónico o
reserva).
Costo: $ 294 pesos argentinos.
En el caso del Consulado General del Perú en Buenos Aires, los trámites
de visa se realizan en dos etapas:
- Segunda: Visado respectivo.
Precisiones:
La solicitud de visa es un trámite personal en todos
los casos.
Toda la documentación requerida debe ser presentada en
original y copia.
El trámite de visas se realizan en las sedes de los
Consulados del Perú en Argentina y está sujeto a previa evaluación. En el caso del Consulado General del Perú en Buenos Aires, se debe solicitar
una cita con un mínimo de 15 días de anticipación para dicha evaluación.
Las Oficinas
Consulares peruanas se reservan el derecho de solicitar documentación adicional en algunos
casos.
Los
plazos de permanencia para los extranjeros admitidos con visas temporales de
Turista y Negocios son de “hasta 183 días
calendario improrrogables”
(Artículo 12° del D. Leg. N°1043) por cada ingreso. El cómputo del mismo se
reinicia cada vez que se ingrese al país.
Las visas
de Turista y de Negocios pueden ser utilizadas por su titular dentro de los
doce (12) meses de su expedición por las Oficinas Consulares peruanas. Estos
tipos de visas permitirán a su titular otros ingresos distintos del inicial
mientras tengan vigencia. En los casos de visas de turista y negocios, dentro
de los doce (12) meses, que se computa desde la fecha de la expedición de la
visa por las Oficinas Consulares.
Los extranjeros
con residencia regular en algún Estado Parte o
Asociado al MERCOSUR podrán transitar con los documentos de identificación
personal, por el territorio de los Estados Parte o Asociados al MERCOSUR,
siempre que, por motivo de su nacionalidad, la visa consular no fuese requisito
en el Estado al cual se ingresa. En este último supuesto deberá utilizar el
pasaporte de su nacionalidad y visado correspondiente.
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Contenido 2 
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Contenido 3
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